úneteSúmate a la ACHS
úneteIngresa flecha
ACHS VIRTUAL
pregunta
 

En ACHS Virtual realiza todas las gestiones preventivas, de salud y económicas, reporte de accidentes, certificados, estadísticas y otros

Ok
ACHS GESTIÓN
pregunta
empresa
 

En ACHS Gestión realiza la gestión preventiva de tu empresa y seguridad laboral, realizando tu plan de prevención, gestión de aspectos legales, comités paritarios y otros

Ok
logo ACHS
 
 
 
lupa
ícono teléfonoCall center 600 600 2247
ícono balizaRescate 1404
lupa
 
ACHS Centro de Noticias Noticia
Cerrar

Conoce los cambios al compendio de normas del seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

31/05/2021
Conoce los cambios al compendio de normas del seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

Mediante la circular n°3571, la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) instruyó la homologación de las actividades económicas al nuevo “Clasificador Chileno de Actividades Económicas”, el cual se encuentra aprobado por el Servicio de Impuestos Internos.

En dicho documento, se establece que las tasas de cotización adicional diferenciada que por aplicación del D.S. N°110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, deben ser pagadas en función de la actividad económica que desarrolla la entidad empleadora o el trabajador independiente. Dicha tasa de cotización será aplicada a todas aquellas entidades empleadoras que no se hayan sometido al proceso de evaluación de siniestralidad efectiva establecido en el D.S. N°67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

La referida tasa de cotización deberá notificarse a la entidad empleadora preferentemente a través de medios electrónicos, en caso de que dicha entidad hubiere autorizado esta forma de notificación, o por carta certificada, si la notificación por medios electrónicos no se hubiere autorizado.

Las modificaciones introducidas por la presente circular entrarán en vigencia a partir del 1° de junio de 2021.En atención a lo anterior, las tasas de cotización contenidas en el Anexo N°19 “Tasas de cotización adicional diferenciada por actividad económica”, se aplicarán a partir de las cotizaciones que se paguen en el mes de julio de 2021, correspondientes a las remuneraciones devengadas en el mes de junio del mismo año.

A partir del 1° de junio de 2021, los organismos administradores deberán actualizar los códigos de actividad económica asignados a las entidades empleadoras y trabajadores independientes registrados con anterioridad a dicha fecha conforme a la tabla de equivalencia que se adjunta a la presente circular.

Para revisar la circular completa, así como también las tasas de cotización adicional diferenciada por actividad económica, haz clic aquí

Últimas publicaciones

Achs Salud dispone servicio de salud mental gratuito y abierto a la comunidad afectada por incendios forestales en Biobío, Ñuble y La Araucanía
02/02/2026

Achs Salud dispone servicio de salud mental gratuito y abierto a la comunidad afectada por incendios forestales en Biobío, Ñuble y La Araucanía

Ver más
Inmobiliaria Paz, APRO y Achs inauguran punto limpio para la valorización de elementos de protección en terreno
30/01/2026

Inmobiliaria Paz, APRO y Achs inauguran punto limpio para la valorización de elementos de protección en terreno

Ver más
Ya está abierta la convocatoria 2026 para el Premio Tucapel González García de la SUSESO
30/01/2026

Ya está abierta la convocatoria 2026 para el Premio Tucapel González García de la SUSESO

Ver más
Hospital del Trabajador Achs Salud inaugura centro médico en Las Condes
28/01/2026

Hospital del Trabajador Achs Salud inaugura centro médico en Las Condes

Ver más
Achs Seguro Laboral y JUNJI firman acuerdo de colaboración para fortalecer la prevención en educación parvularia
21/01/2026

Achs Seguro Laboral y JUNJI firman acuerdo de colaboración para fortalecer la prevención en educación parvularia

Ver más